El 29 de enero de 1926, concretando una
posición de principio establecida en la Constitución de 1920 y explicada en las
resoluciones supremas del 25 de agosto y 11 de setiembre de 1925, el líder de
la Patria Nueva, Augusto B. Leguía; autodesignado “Apu Capac” de los indígenas,
firmaba la resolución de reconocimiento de cinco comunidades campesinas: Lorena de Huaral y San pedro de Huancayre, en
el departamento de Lima, Anccaschacca y Ccoyllurpuquio en el Cusco, y San Pedro
de Cajas, en el departamento de Junín.
Comencemos por el principio, y en el
principio fue el indigenismo. Los intelectuales relacionados con el indigenismo
introdujeron el término «COMUNIDAD»
como componente indisoluble y fundamental de una propuesta política. La
comunidad campesina es el embrión de una nueva sociedad donde deberá reconocerse
el rol fundamental de nuestra «raza de bronce», mayoría en el país.
Las ideas
indigenistas impregnaron fuertemente las decisiones del leguísmo, tal como
señalaba Jorge Basadre, citando para ello un discurso de Leguía de 1924, año
del centenario de la Batalla de Junín y Ayacucho.
«Las dos terceras partes de
nuestra población están constituidas por los indios. El Indio, pues, lo es todo
en el Perú y, en cambio, le damos un tratamiento de siervo. Urge pues
reincorporar al indio a la vida nacional»
Así, con esa proclama concretaba las
primeras cinco creaciones del tan mentado nombre “COMUNIDAD CAMPESINA”. Desde entonces, y por más de 90 años, ese
pacto establecido entre el Estado y las comunidades indígenas enfrentarán
diversos avatares pero, en términos generales, la protección legal y la
cobertura oficial, de los recursos comunales será hasta el día de hoy una
constante que dividirá las opiniones entre la percepción de la CC como embrión
–y por lo tanto requerida de la mayor protección legal posible-, de un lado, y
en la posición opuesta, de creciente
importancia en éstos últimos años la de concebirla como un freno para el
desarrollo agrario del país, al no permitir el libre juego del mercado con los
recursos controlados por la institución.
Desde otra perspectiva, la firma del Apu
Capac aquel 29 de enero de 1926 otorgaba partida de reconocimiento a uno de los
mitos sustentadores de nuestra débil identidad colectiva, aquel de la comunidad campesina democrática,
igualitaria, heredera de los incas y solidaria en su pobreza, a la que tanto habían contribuido visiones
globalizadoras como la de Mariátegui y los indigenistas.
Ahora bien, ¿Qué ha pasado luego de 90
años desde su creación las Comunidades Campesinas? ¿Nos hemos imaginado a las
comunidades en un mundo contemporáneo, globalizado?
En el Perú hay casi 5600 comunidades
campesinas, de las cuales unas se han apartado y otras trajinan aún de trecho
en trecho. Unas han quedado obsoletas y relegadas y otras se han vuelto
modernas, cibernéticas o tecnológicas. Unos solo están mirando sus tierras,
quien lo posee…, a quien le donamos…, si son comuneros calificados…, quienes
pueden usufructuar, etc., o sea han quedado a la saga; atrás, y no tienen ni
nunca lo tuvieron estructuras basadas en el incario. Ignoran porqué se les
llamó Comunidad Campesina. Otras Comunidades
se hicieron Campesinas porque las arengas del Estado donaban “alguito”. Ignoran
en lo que se refiere a propiedad y al proceso de apropiación de la tierra. Los ayllus mantenían una forma triple de
manejo de las tierras: las del Estado (del Inca y del Sol), las de los señores
locales (tierras del kuraka) y las
que las familias usaban para su sustento.
A estos usos, se suponía que la tierra de los ayllus estaba relacionada con el lugar de origen (pacarina) de los ancestros. Con la
colonia se constituyen otro uso de la propiedad: se incorporan límites fijos –y
no móviles como antes- y se distingue entre tierras municipales (“de
comunidad”), de repartimiento (de los grupos de indígenas) y privadas (de
indios o españoles), cada una de ellas con diferente regulación. Las tierras comunales coloniales eran de cada
pueblo –y existían en pueblos de indios y en pueblos de españoles-, y servían para el aprovechamiento
colectivo, pero nunca llegaron a ser
significativas.
Con la república
las tierras de repartimiento se vuelven “privadas” y aparece la “propiedad
comunal” ahí donde la tierra pertenecía a múltiples familias. Es sobre éstas
tierras que se constituyeron –durante el siglo XX- las propiedades comunales.
Ésta fue, la naciente, el origen de las tierras comunales. De las cinco primeras
comunidades creadas en 1926 sólo las Comunidades Campesinas de Anccashacca y Ccoyllurpuquio en el Cusco,
tenían origen y pasado basado en los ayllus; los tres restantes, hasta la
actualidad ignoran que era una pacarina. Bajo
estas estructuras mal formadas es la que el Apu Capac Leguía firmo la
resolución del 26 de enero de 1926.
Comunidades con resiente creación, más
bien, saltaron a la modernidad. La Comunidad de Chumpi en Parinacochas, es una de las 18 comunidades moderna del Perú, (según el PNUD en su capítulo de
Comunidades Latinoamericas, marzo 2015). Cuando se elige a la junta directiva
lo hacen electrónicamente, no es necesario viajar a la misma comunidad. No existen
comuneros calificados o de segunda. Todos son comuneros, sin excepción de nada.
El único requisito es ser hijo del lugar de nacimiento o casado(a) con un
comunero oriundo. Todos sus anexos y caseríos son integrados en un solo Padrón
General llegando en la actualidad con 19,739 Comuneros de Bien, (así se llaman todos los comuneros). Sus bienes
están en la Bolsa de Valores. Son accionistas de la cervecera más grande del
Perú. Sus estructuras, moderna y de estilo arquitectónico minimalista se
levantan en un área de 4000 hectáreas. Hasta mediados del 2015 habían adquirido
74,380 hectáreas más de propiedades privadas, o sea; se expandieron más.
¿Qué ha pasado con la Comunidad de San
Pedro de Cajas hacía el siglo XXI? No tuvimos una formación estructural incaria,
razón por las cuales adolecemos de nuestra propia identidad indígena y
campesina. No obstante, parece inaudito, algo insólito que, siendo descendientes, primero de los pre incas Chuyak, luego éstos sometidos al imperio Wari, y en la decadencia de éstos sojuzgados a los huancas que luego serían dominado por la administración del Cusco, (Waldemar Espinoza Soriano, UNMSM 1998) no hayamos "cuajado", sobrevivido a la cultura y cosmovisión incaica.
Las demarcaciones originales de 1626 de Qaqash, a comparación de la Comunidad de Chumpi, se fueron perdiendo hasta la actualidad.
Las demarcaciones originales de 1626 de Qaqash, a comparación de la Comunidad de Chumpi, se fueron perdiendo hasta la actualidad.
En los Registros de
Propiedad Inmuebles se registró la posesión de las Tierras y Pastos, en un
testimonio a favor de la Comunidad de San Pedro de Cacas, en el folio 157 del
tomo 33 del 14 de marzo de 1913. El Notario de Tarma don Daniel Casas eleva y
ordena el 28 de noviembre de 1912 se registre en propiedades inmuebles. ¿Dónde ha
quedado los linderos que nos dejó don Juán de Dios Cadarcio como Patara, Colpaspuguyo, Atanacancha, Patacancha,
Pulucancha, Orcaysuyuc, Yoracgaga, Mineral Greda, Egeggiallana, Turpupunto que
quedan en colindancia con Junín y Casaracra? ¿Podemos celebrar los 91 años de
Comunidad Campesina luego de haber perdido nuestras tierras y fundos
originales? Muchas presidencias se han ido enriqueciendo, donando tierras o
vendiéndolas. Es momento de parar todo esto, y sanear nuestras colindancias, de
igual forma; denunciar en lo penal a quienes fueron culpables de este despojo
que tenemos aún. Salvo mejor parecer.